La Corte Constitucional declara INEXEQUIBLE el artículo 50 de la Ley 35 de 1989

Jul 29 de 2021 0
PROPAGANDA DE SERVICIOS PROFESIONALES/ETICA-Violaciones

LA CORTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA R E S U E L V E:

 

 

PRIMERO: Declarar INEXEQUIBLE el artículo 50 de la Ley 35 de 1989.

 

SEGUNDO: Declarar INEXEQUIBLES los siguientes apartes del inciso 2° del artículo 51 de la Ley 35 de 1989: "La propaganda se manifiesta en contra del odontólogo que la emplea y disminuye el aprecio público hacia la profesión". "El uso de propaganda de cualquier clase que ella sea, es incompatible con este precepto".

Fuente: corteconstitucional.gov.co

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